Si la autoridad detecta que un contribuyente está gastando más de lo que reporta de ingresos, podría requerirlo por «discrepancia fiscal»

En caso de que el SAT encuentre una discrepancia fiscal:

Le notificará al contribuyente el monto de las erogaciones detectadas, para que en un plazo de 20 días informe por escrito el origen o fuente de procedencia de los recursos con que efectuó los gastos y que no son sujetos a gravarse.

En caso de que sí sean, se le solicitará que haga el pago correspondiente.

Si una persona cae en una discrepancia, pero no esté inscrita en el Registro Federal del Contribuyente (RFC) o no presente la declaración que le corresponda, la autoridad fiscal los inscribirá en dicho Registro en el régimen General de las actividades empresariales y profesionales.

Cabe recordar que con la ley pro-terrorismo fiscal, la cual ya fue aprobada y ratificada, se castigará con entre 4 y 16 años de cárcel a caiga en la delincuencia organizada, que ahora incluye a la defraudación fiscal cuando supere 3 veces los $2 millones 601,410 pesos.